Nuevo Reglamento para la depilación Láser
El 26 de mayo de 2017 entró en vigor el nuevo Reglamento (EU) 2017/745 que regula los productos sanitarios y cuyo periodo transitorio terminará el próximo 26 de mayo de 2020. A partir de ese momento, habrá condicionantes más estrictas, y el marcado europeo0 se obtendrá o no dependiendo de si las cumple. En caso de que no se cumpla, estará fuera del mercado y no se podrán vender en Europa.
La nueva ley de seguridad tiene como objetivo garantizar, tanto a los profesionales de la medicina estética, como a los usuarios en los que se utilice la aparatología estética.
También envía un claro un mensaje de tranquilidad en torno a los controles de productos sanitarios y el papel del Ministerio de Sanidad como garante de la seguridad.
Aplicación en aparatología estética
El nuevo reglamento, incluye en su anexo una lista de productos de uso no médico a los que se les aplica también esta legislación como si fueran productos sanitarios, como es el caso de los láser de diodo e IPL en tratamientos estéticos como la depilación permanente, la eliminación de tatuajes, o tratamientos de rejuvenecimiento de la piel.
¿Cómo podemos tener la seguridad de que estas normas se cumplen?
Existirán sistemas de vigilancia que establecen las autoridades sanitarias de Control del Mercado, esta institución realizará revisiones tanto en la venta online como en distribuidores, ascenciendo las sanciones en caso de infracción de venta de productos no certificados a partir de 90.001 Euros.
